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Consulado General del Ecuador en San Francisco, California

Recuperación de la Nacionalidad Ecuatoriana



BOLETIN  INFORMATIVO  No. 12/2013

 RECUPERACION DE LA NACIONALIDAD ECUATORIANA

Se informa a la comunidad ecuatoriana que haya adquirido la nacionalidad estadounidense o cualquier otra nacionalidad habiendo renunciado a su nacionalidad ecuatoriana, que de  conformidad con el artículo 6 de la Constitución del Ecuador en vigencia, podrá realizar el respectivo tramite para su recuperación, de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 000004 de 11 de enero de 2011 que dice:

RECUPERACION DE LA NACIONALIDAD ECUATORIANA

Referencias Legales: Constitución de la Republica del Ecuador, Articulo 7, Numeral 1; y, Articulo 21 de la Ley de Naturalización; y, Articulo 19 de su Reglamento, preceptos legales que manifiestan:
Articulo 7, Numeral 1 de la Constitución de la Republica.- "Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento; 1. Las personas nacidas en el Ecuador".

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

Formulario de solicitud de Recuperación de la Nacionalidad Ecuatoriana será presentado por duplicado. El formulario es gratuito y se encuentra publicado en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración (http://www.mmrree.gob.ec).

ANEXOS:

- Copia certificada de la partida de nacimiento otorgada por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador, en que conste la marginación de la perdida de la nacionalidad  ecuatoriana;

- Pasaporte del solicitante y copia notarizada del mismo, documento de viaje que será devuelto una vez que se haya realizado la respectiva verificación; y,

COSTO DEL TRAMITE:

US $ 50,00 (Arancel Consular y Diplomático, RO 224 de 14 de diciembre/2000), que se pagaran de la siguiente forma:

Se cancelara el valor de US$10,00 dólares a la aceptación de la solicitud; y, una vez emitida la resolución, se cancelara el valor restante US$40,oo, que deberá ser depositado en el Banco Nacional de Fomento, en la cuenta corriente designada para el efecto.

Los valores depositados por concepto de solicitud no serán devueltos.

También puede obtener esta información en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores.


www.mmrree.gob.ec

Atentamente,
CECUSANFRANCISCO