BOLETIN
INFORMATIVO No. 12/2013
RECUPERACION
DE LA NACIONALIDAD ECUATORIANA
Se informa a la comunidad ecuatoriana
que haya adquirido la nacionalidad estadounidense o cualquier otra nacionalidad
habiendo renunciado a su nacionalidad ecuatoriana, que de conformidad con el artículo 6 de la Constitución
del Ecuador en vigencia, podrá realizar el respectivo tramite para su recuperación,
de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 000004 de 11 de enero de 2011 que
dice:
RECUPERACION
DE LA NACIONALIDAD ECUATORIANA
Referencias Legales: Constitución de la
Republica del Ecuador, Articulo 7, Numeral 1; y, Articulo 21 de la Ley de Naturalización;
y, Articulo 19 de su Reglamento, preceptos legales que manifiestan:
Articulo 7, Numeral 1 de la Constitución
de la Republica.- "Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento; 1. Las
personas nacidas en el Ecuador".
DOCUMENTOS
A PRESENTAR:
Formulario de solicitud de Recuperación
de la Nacionalidad Ecuatoriana será presentado por duplicado. El formulario es
gratuito y se encuentra publicado en la página web del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio e Integración (http://www.mmrree.gob.ec).
ANEXOS:
- Copia certificada de la partida de
nacimiento otorgada por la Dirección General de Registro Civil, Identificación
y Cedulación del Ecuador, en que conste la marginación de la perdida de la
nacionalidad ecuatoriana;
- Pasaporte del solicitante y copia
notarizada del mismo, documento de viaje que será devuelto una vez que se haya
realizado la respectiva verificación; y,
COSTO
DEL TRAMITE:
US $ 50,00 (Arancel Consular y
Diplomático, RO 224 de 14 de diciembre/2000), que se pagaran de la siguiente
forma:
Se cancelara el valor de US$10,00
dólares a la aceptación de la solicitud; y, una vez emitida la resolución, se
cancelara el valor restante US$40,oo, que deberá ser depositado en el Banco
Nacional de Fomento, en la cuenta corriente designada para el efecto.
Los valores depositados por concepto de
solicitud no serán devueltos.
También puede obtener esta información en
la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores.
www.mmrree.gob.ec
Atentamente,
CECUSANFRANCISCO


































