VISA
12-V ESTUDIANTES
Sujetos de admisión:
Estudiantes que deseen iniciar, completar o
perfeccionar su instrucción en establecimientos oficiales o particulares con
reconocimiento gubernamental, y sus familiares más cercanos dentro del segundo
grado de consanguinidad y primero de afinidad.
Requisitos:
- Formulario
de solicitud de visa con
fotografía original tamaño pasaporte a color con fondo blanco.
- Pasaporte
original con validez mínima de seis meses
- Original
y copia legible de la hoja de identificación del pasaporte.
- Para
las visas de amparo de los familiares más cercanos, se debe adjuntar
partida de matrimonio y/o de nacimiento apostillada.
- Todo
documento en idioma extranjero deberá estar traducido y contar con el
reconocimiento de firma del traductor ante un notario público. Cuando la
traducción ha sido realizada en el extranjero, deberá ser apostillada. El
traductor no podrá ser parte interesada en el proceso.
- Matrícula
o certificado de admisión de un plantel educativo ecuatoriano reconocido.
El solicitante deberá demostrar que el
tiempo de duración de sus estudios es superior a seis meses dentro del
lapso consecutivo de un año.
- Demostrar
que recibirá los recursos necesarios para su subsistencia individual o
familiar por la suma, al menos, de 1.000 (MIL) dólares de los Estados
Unidos de América por el año lectivo (Artículo 43 de la Ley de
Extranjería).
- Por
cada persona que vaya a permanecer bajo la dependencia del estudiante
extranjero se deberá acreditar $ 500 (QUINIENTOS) dólares adicionales de
los Estados Unidos de América.
- Si
el estudiante extranjero tuviere parientes cercanos ecuatorianos o
inmigrantes, éstos podrán garantizar su subsistencia a través de la última
declaración del Impuesto a la Renta.
- Se
deberá presentar una petición por escrito por parte del Representante
Legal, si el estudiante es menor de edad.
El estudiante no podrá desarrollar actividades
lucrativas con esta categoría migratoria, con excepción de las prácticas
profesionales.
Artículo 22 de la Ley de Extranjería.- Los
funcionarios del servicio exterior ecuatoriano y de la Dirección General de
Extranjería, tendrán amplias facultades para exigir la comprobación de las
declaraciones expuestas en las solicitudes de visas y demás documentos
migratorios y para cerciorarse e investigar la concurrencia de alguna de las
causas de exclusión que establece la Ley de Migración.
Validez
visa:
Mínimo seis meses, máximo un año (renovables).
Entradas: Múltiples
Arancel:
Entradas: Múltiples
Arancel:
- Solicitud de visa: 30 dólares
- Visa: 100 dólares
- Dependientes:
50 dólares por cada uno.


































